Una plaza de Trabajador/a Social en Alcalá de Guadaíra (Sevilla)
Proceso selectivo para cubrir un puesto de trabajador/a social, a través de un contrato de relevo como personal laboral temporal a tiempo parcial, hasta que la trabajadora sustituida acceda a la jubilación total.
Titulación requerida : Título de diplomado/a o grado en Trabajo Social.
Requisito específico : Encontrarse en situación de desempleo o tener concertado con este Ayuntamiento un contrato de duración determinada, a la fecha de la contratación, conforme a lo estipulado en el artículo 12.7a) del texto refundido del Estatuto de los Trabajadores. Este requisito deberá acreditarse en todo caso antes de proceder a la contratación del aspirante seleccionado.
Solicitudes y plazo : Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán solicitarlo en el modelo que figura en el Anexo II de estas bases, el cual podrá fotocopiarse por los aspirantes u obtenerse en la Oficina de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento.
Las solicitudes estarán disponibles en el tablón de anuncios (empleo público) y portal de transparencia municipal (2.4 procesos de selección) de la sede electrónica corporativa con acceso desde https://ciudadalcala.sedelectronica.es, para su cumplimentación, posterior impresión y presentación.
Las solicitudes para tomar parte en las correspondientes pruebas de selección, en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales para la plaza que se opte, se dirigirán a la señora Alcaldesa del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra, se presentarán en el Registro Electrónico General de este Ayuntamiento, sito en la Plaza del Duque, s/n, en horario de 9:00 a 13:00 horas, en los Registros auxiliares del mismo, o en soporte papel en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP), en el plazo de diez días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el «Boletín Oficial» de la provincia ( publicado el 03/10/2018 ).
La tasa por derechos de examen según la vigente ordenanza fiscal del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra serán las siguientes:
Tarifa II: 9,86 €.
Aquellos/as aspirantes que se encuentren en situación de desempleo, deberán acreditarlo mediante: informe emitido por el Servicio de Empleo Público Estatal (SEPE), Servicio Andaluz de Empleo (SAE) u organismo equivalente en otras CCAA, o informe de vida laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social, a efectos de disfrutar de bonificación en el pago de tasas con la aplicación de la Tarifa II antes indicada.
Proceso selectivo : El procedimiento de selección será el concurso-oposición libre.
Fase de oposición : Consistirá en la realización de los dos ejercicios obligatorios que se indican a continuación y que serán eliminatorios. El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo I a esta convocatoria.
Primer ejercicio : De carácter teórico, escrito y eliminatorio. Consistirá en desarrollar por escrito, de forma legible, dos temas extraidos al azar del programa de materias contenido en el anexo I. El tiempo máximo de duración de este ejercicio será de dos horas.
Segundo ejercicio : Consistirá en la resolución de uno o varios supuestos prácticos a decisión del tribunal calificador, relativos al programa de materias contenido en el anexo I de las presentes bases, durante un período de dos horas.
Por la participación en cursos y seminarios , siempre que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en el puesto solicitado, hasta un máximo de 1,5 puntos.
Adicionalmente la experiencia en las mismas áreas de conocimientos correspondientes a las del puesto solicitado se valorará hasta un máximo de 2,5 puntos.
Bolsa de trabajo : Con el resto de aspirantes no propuestos para celebrar el contrato de relevo objeto de la presente convocatoria, ordenados por riguroso orden de puntuación según la clasificación definitiva elaborada por el tribunal calificador, se confeccionará una bolsa de trabajo para futuros llamamientos de personal, al objeto de ser contratados o nombrados en su caso, para ocupar idénticos puestos de trabajador/a social, sin necesidad de convocar un nuevo proceso selectivo.
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