Necesitamos cubrir puesto de Técnico de PRL ,para una Empresa de Construcción e instalaciones, Grupo SUROESTE con un equipo de más de 200 personas con delegaciones a lo largo del territorio español. La persona incorporada tendrá como misión, Coordinar y Gestionar el Departamento de Prevención de Riesgos Laborales. La persona seleccionada se responsabilizará de las siguientes funciones: Coordinación y supervisión de obra planificando, controlando y coordinando todos los elementos interventores.· Coordinación y supervisión de los medios humanos, técnicos y materiales, en SEGURIDAD Y SALUD.· Gestión del control de calidad en obra.· Implantación y seguimiento de las medidas preventivas y vigilancia de la Seguridad y Salud en el centro de trabajo en cumplimiento con la Ley de PRL y la normativa vigente en las obras de construcción.· Informar y reportar al Jefe de Grupo del estado de las obras, personal y maquinaria. ¿Qué te ofrecemos? Formar parte de una empresa sólida y consolidada en el mercado nacional. Compartir experiencias con un equipo preparado y dispuesto a ayudar y acompañarte. Retribución flexible, acceso a seguro de salud privado en condiciones especiales. Salario fijo y variable acorde a los objetivos de venta alcanzados. Tareas Formación en prevención de riesgos Planificación de obra Construcción Control de Calidad Control costes de obra Gestión de equipos Gestión de clientes Ejecución de obra Gestión de proyectos de construcción Códigos de edificación Requisitos Requisitos mínimos ¿Qué buscamos?· Buscamos Arquitecto/a Técnico/a, Ingeniero/a Técnico/a de Obras Públicas, Ingeniero/a Civil o titulación afín.· Al menos 5 años de experiencia en ejecución de proyectos de edificación, preferiblemente de estructura.· Disponer de formación homologada en PRL para el sector de la construcción por la FLC: PRL básico de 60h.· Manejo de programas de presupuestos y planificación: Navision, Autocad, Presto y Project. Requisitos deseados Se valorará positivamente haber trabajado en compañías constructoras de ámbito nacional y la aportación de cartera de proveedores. #J-18808-Ljbffr