.DescripciónIngeniero Industrial/Mecánico Portugués se registró en el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de disponible para dar la capacidad técnica en tiempo parcial a la empresa de la Construcción que reclama inscribirse en el Registro de Empresas Acreditadas (REA), Las empresas que pretendan ser contratadas, o subcontratadas, para trabajos en una obra de construcción deberán:1. Inscribirse en el Registro de Empresas Acreditadas (REA)Las empresas que operan en las obras de construcción en concepto de contratistas o subcontratistas deben cumplir una serie de requisitos: disponer de una organización productiva, de instalaciones, equipos de trabajo y del personal necesario para llevar a cabo los encargos recibidos; Atribuciones Profesionales de los Ingenieros Industriales, Decreto del 18 de septiembre de 1935, publicado en la gaceta de Madrid, No 263 de 20 de septiembre de 1935. Decreto del 18 de septiembre de 1935, publicado en la gaceta de Madrid, no 263 de 20 de septiembre de 1935.La carrera de Ingeniero Industrial constituye, sin duda, una de las ramas de la enseñanza oficial que ha respondido plenamente a la finalidad con que fue concebida; las características peculiares del problema industrial de nuestro país exigieron la formación de Ingenieros provistos de una amplia base científica que, permitiendo la especialización de cada una de las diversas modalidades de la gran industria, proporcionase, a la par, a nuestra industria media, Directores capacitados en las cuestiones químicas, mecánicas y eléctricas. El progreso de la industria española y el de haberla redimido, casi en su totalidad, de la dirección técnica extranjera, son la mejor prueba de la excelente labor realizada por los Ingenieros Industriales. Pero es forzoso reconocer que di el Estado veló celosamente por el mayor prestigio y eficiencia de estas enseñanzas, olvidó en parte regular el ejercicio libre de esta profesión, fijando de una manera precisa las facultades inherentes a este título. Desde su creación en 1850, puede decirse que las atribuciones oficialmente reconocidas a los Ingenieros Industriales aparecen diseminadas en numerosas disposiciones, asiladas y sin la debida coordinación, ocasionando, merced a la creciente complejidad de la organización administrativa y al mayor intervensionismo estatal, defectuosas interpretaciones y aún la negociación de alguna de sus atribuciones, provocando conflictos que en alguna ocasión han debido dirimir a su favor los más altos Tribunales de la Nación. Al llenar esta laguna tiende el presente Decreto, bien entendido que al fijar las atribuciones profesionales de los Ingenieros Industriales no se hace sino ordenar y resumir las que ya tenían reconocidas de antiguo como consecuencia de sus planes de estudio y de la especial misión que les está considerada. Fundándose en estas razones, de acuerdo con el Consejo de Ministros y a propuesta del de Instrucción Pública y Bellas Artes. Vengo a decretar lo siguiente:Artículo 1