¿Tienes experiência en el canal Horeca y estás en búsqueda de una nueva oportunidad laboral?¿Tienes experiência en ventas y te consideras un/a profesional autónomo/a y orientado/a a objetivos?¡Únete a nuestro Equipo y Marca la Diferencia en el Canal Horeca como Gestor Comercial!En Primer Impacto (PI) somos especialistas en potenciar la presencia de marcas en el punto de venta. Desde 2005, nos dedicamos a añadir valor a nuestros clientes y a crear un ambiente donde las personas alcancen sus metas.Estamos en la búsqueda de un/a Gestor/a Comercial del Canal Horeca para unirse a nuestro equipo. Buscamos un perfil polivalente,capaz de realizar visitas en acompañamiento de vendedores de distribuidor y también en solitario. Queremos a alguien que no solo conozca el canal Horeca y los distribuidores del sector, sino que tenga experiência trabajando por objetivos comerciales.¿Qué estamos buscando en ti?Experiência demostrable en el canal Horeca y/o canal Impulso.Autonomía y capacidad para trabajar por objetivos comerciales.Flexibilidad y disponibilidad para viajar y desplazarse geográficamente. Disponibilidad para estar fuera de casa aproximadamente el 20% del tiempo.Habilidad para negociar y gestionar relaciones con los clientes.Pasión por la venta y capacidad para identificar oportunidades de negocio.Capacidad para ofrecer formación y apoyo a nuestros clientes en el punto de venta.¿Qué te ofrecemos en esta emocionante oportunidad?Salario Base: 19.000 € anuales.Bonus trimestral de hasta 2.850 € (237,50 € por trimestre) en función de objetivos.Coche de empresa, teléfono y tablet para facilitar tu trabajo en la ruta.Un entorno de trabajo dinámico y motivador, donde podrás desarrollarte profesionalmente y alcanzar nuevas metas.Si estás listo/a para marcar la diferencia en el Canal Horeca y te emociona la idea de unirte a nuestro equipo, ¡esperamos con ansias tu aplicación! En Primer Impacto, ¡hagamos historia juntos!- En Primer Impacto, fomentamos la diversidad y garantizamos igualdad de oportunidades en todas nuestras ofertas laborales.#J-18808-Ljbffr